La Confederación de Organizaciones de Psicopedagogía y Orientación de España (COPOE) quiere expresar sus consideraciones técnicas, ante la propuesta de que los psicólogos y las psicólogas educativos se incluyan en los centros educativos para prestar servicios especializados:
- Los profesionales de la orientación educativa tienen formación suficiente en Psicología, Psicopedagogía y Pedagogía como para desempeñar las funciones que proponen realizar en relación a la detección y derivación a los servicios especializados de los problemas de salud mental entre el alumnado. Los profesionales de la orientación del sistema educativo público han superado un proceso de concurso-oposición consistente en la demostración de que se conocen estos contenidos y se está en posesión de estas competencias.
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El manifiesto del 17 de mayo de 2011 firmado en Madrid por el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos, la entidad “Psicólogos educativos” y la COPOE recoge la opinión unánime de que los especialistas en Orientación educativa deben tener la formación en Psicología y Pedagogía:
2- El Real Decreto 1834/2008 (BOE de 28 de noviembre de 2008) creó la especialidad de Orientación Educativa, en sustitución de la anterior de "Psicología y Pedagogía". Este cambio de denominación no deberia interpretarse camo una especialización para profesionales de ámbitos distintos a los de la Psicología y de la Pedagogía.
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La estructura organizativa de los centros educativos no permite que en el centro se hagan terapias psicológicas ni de otro Puede haber alumnado con problemas de salud mental y es común que cada semana haya niños, niñas y adolescentes que necesiten la intervención de profesionales de la traumatología, dentista, alergología o enfermería, lo que no implica que deban formar parte de la plantilla de trabajadores de un centro.
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El contexto del sistema escolar es eminentemente educativo, se atiende a las necesidades y las diversidades personales, pero siempre desde la perspectiva educativa. Cualquier otro tipo de intervención desvirtúa el objetivo y la idiosincrasia del sistema en sí mismo. El principal objetivo de los centros educativos es el éxito escolar, mientras que el objetivo de un centro de salud mental es el bienestar psicológico del paciente. Contextos distintos determinan funciones y objetivos diferentes.
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En aras de la inclusión, el alumnado no debe salir de las aulas para atender las diversidades porque genera un estigma en el estudiante, se altera el proceso de aprendizaje y la interacción del alumnado con sus iguales. Quien propone que las psicólogas y los psicólogos educativos trabajen la salud mental en los centros educativos no conocen la realidad de los centros educativos ya que el alumnado con problemas de salud mental no desea ser atendido en un contexto donde se hará visible esta necesidad de terapia delante de sus compañeros y compañeras. Existe un riesgo real de que puedan desvelarse detalles de situaciones personales comprometidas para el alumnado más vulnerable en su salud mental. Además, poner en marcha la atención psicológica a los estudiantes en el contexto educativo vulnera su derecho a la privacidad y confidencialidad de sus datos de salud.
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Según el Barómetro de opinión de la infancia y adolescencia 2023-24 de UNICEF en su estudio “destaca la importancia crítica de la inversión en programas de salud mental que no solo traten los trastornos, sino que también promuevan la resiliencia y el bienestar mental. Además, el informe subraya la necesidad de eliminar el estigma asociado a los problemas de salud mental, promover la inclusión social y asegurar que los entornos educativos sean inclusivos y apoyen el bienestar emocional y social de todos los estudiantes, como parte fundamental de un enfoque más amplio para construir sociedades más sanas y resilientes”.
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Dentro del horario lectivo no existe un tiempo que pueda ser destinado al tratamiento de la salud mental en el contexto educativo. Cualquier intervención en el horario lectivo sería en detrimento de la asignatura que el estudiante tuviera en ese momento y le causaría un desfase en relación a sus compañeras y compañeros que sí están en clase. Los horarios lectivos están cerrados y programados de tal modo que no hay huecos de libre disposición.
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La actividad central y prioritaria de los centros educativos es el desarrollo de los objetivos de la etapa, los que incluyen competencias personales y de gestión emocional, contenidos que se imparten en los planes de acción tutorial desde la perspectiva educativa de la prevención y del autocuidado y que justamente coordinan los orientadores/as de los centros.
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Compartimos con quienes hacen la propuesta la necesidad de abordar concienzudamente la salud mental de nuestras/os niños/as, adolescentes y jóvenes. Por ello consideramos que deben reforzarse los centros de salud con más profesionales de la psicología clínica especialmente en las unidades de salud mental infanto-juvenil dentro de un entorno clínico y en el contexto sanitario, que es donde corresponde tratar la salud, también la mental.
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La orientación educativa es un factor de protección, por ello es necesario reforzar la red de profesionales de la orientación en los centros educativos y que cada orientador y orientadora tenga una ratio no superior a 250 estudiantes a los que atender, para que las actuaciones de bisagra de los orientadores con los especialistas en salud mental sean cada vez más ágiles y eficaces en aras de la mejora de la salud mental de la población infantil y juvenil.
16 de diciembre de 2024.
Ana Cobos,
Presidenta de COPOE.